Mosaico decorativo

1. locutus est Dominus ad Mosen et Aaron dicens

1. El Señor dijo a Moisés y a Aarón:

2. homo in cujus carne et cute ortus fuerit diversus color sive pustula aut quasi lucens quippiam id est plaga lepræ adducetur ad Aaron sacerdotem vel ad unum quemlibet filiorum ejus

2. Cuando aparezca en la piel de una persona una hinchazón, una erupción o una mancha lustrosa, que hacen previsible un caso de lepra, la persona será llevada al sacerdote Aarón o a uno de sus hijos, los sacerdotes,

3. qui cum viderit lepram in cute et pilos in album mutatos colorem ipsamque speciem lepræ humiliorem cute et carne reliqua plaga lepræ est et ad arbitrium ejus separabitur

3. el cual examinará la afección. Si en la zona afectada el vello se ha puesto blanco, y aquella aparece más hundida que el resto de la piel, es un caso de lepra. El sacerdote, después de haberla observado, deberá declarar impura a esa persona.

4. sin autem lucens candor fuerit in cute nec humilior carne reliqua et pili coloris pristini recludet eum sacerdos septem diebus

4. Si la mancha lustrosa es blancuzca pero no aparece más hundida que la piel y el vello que la recubre no se ha puesto blanco, el sacerdote mantendrá aislada a la persona afectada durante siete días.

5. et considerabit die septimo et siquidem lepra ultra non creverit nec transierit in cute priores terminos rursum includet eum septem diebus aliis

5. Al séptimo día volverá a examinarla y si comprueba que la afección continúa estacionaria y no se ha propagado por la piel, el sacerdote la mantendrá aislada siete días más.

6. et die septimo contemplabitur si obscurior fuerit lepra et non creverit in cute mundabit eum quia scabies est lavabitque homo vestimenta sua et mundus erit

6. Al séptimo día la volverá a examinar, y si la afección ha cedido y no se ha extendido por la piel, declarará puro al enfermo; no es más que una erupción. El enfermo lavará su ropa y será puro.

7. quod si postquam a sacerdote visus est et redditus munditiæ iterum lepra creverit adducetur ad eum

7. Pero si después de haberse presentado al sacerdote y de haber sido declarado puro, la erupción continúa extendiéndose por la piel, se presentará nuevamente al sacerdote.

8. et inmunditiæ condemnabitur

8. Y si este ve que la erupción se ha propagado, deberá declararlo impuro, porque es lepra.

9. plaga lepræ si fuerit in homine adducetur ad sacerdotem

9. Cuando en una persona aparezcan síntomas de lepra, será llevada al sacerdote.

10. et videbit eum cumque color albus in cute fuerit et capillorum mutarit aspectum ipsa quoque caro viva apparuerit

10. Si este descubre en la piel una hinchazón blancuzca, que ha emblanquecido el vello, y si en la parte hinchada se ha formado una úlcera,

11. lepra vetustissima judicabitur atque inolita cuti contaminabit itaque eum sacerdos et non recludet quia perspicue inmunditia est

11. entonces se trata de lepra crónica. El sacerdote debe declarar impuro al enfermo, sin necesidad de aislarlo, porque ciertamente es impuro.

12. sin autem effloruerit discurrens lepra in cute et operuerit omnem carnem a capite usque ad pedes quicquid sub aspectu oculorum cadit

12. Pero si la lepra prolifera hasta cubrir por completo la piel de la persona afectada, de la cabeza a los pies, en cuanto el sacerdote alcanza a ver,

13. considerabit eum sacerdos et teneri lepra mundissima judicabit eo quod omnis in candorem versa sit et idcirco homo mundus erit

13. y si este, al hacer el examen, comprueba que la lepra cubre todo el cuerpo, entonces deberá declarar pura a la persona afectada. Es pura, porque se ha vuelto totalmente blanca.

14. quando vero caro vivens in eo apparuerit

14. Sin embargo, apenas aparezca una úlcera, será impura.

15. tunc sacerdotis judicio polluetur et inter inmundos reputabitur caro enim viva si lepra aspergatur inmunda est

15. Cuando el sacerdote vea la úlcera, la declarará impura: la úlcera es impura porque es lepra.

16. quod si rursum versa fuerit in alborem et totum hominem operuerit

16. Pero si la úlcera se vuelve a poner blanca, el enfermo irá de nuevo al sacerdote,

17. considerabit eum sacerdos et mundum esse decernet

17. y él lo examinará. Si la afección ha recuperado el color blanco, el sacerdote tendrá que declarar pura a la persona afectada, porque es pura.

18. caro et cutis in qua ulcus natum est et sanatum

18. Si en la piel de una persona aparece una inflamación, que luego se cura,

19. et in loco ulceris cicatrix apparuerit alba sive subrufa adducetur homo ad sacerdotem

19. pero en el lugar donde estaba la inflamación se forma una hinchazón blancuzca o una mancha de color rojizo pálido, el enfermo se presentará al sacerdote.

20. qui cum viderit locum lepræ humiliorem carne reliqua et pilos versos in candorem contaminabit eum plaga enim lepræ orta est in ulcere

20. Si el sacerdote ve que la zona afectada está más hundida que la piel, y que el vello se ha puesto blanco, deberá declararlo impuro: es un caso de lepra que ha proliferado en la inflamación.

21. quod si pilus coloris est pristini et cicatrix subobscura et vicina carne non est humilior recludet eum septem diebus

21. Pero si advierte que no hubo emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, sino que la afección fue cediendo, mantendrá al enfermo aislado durante siete días,

22. et siquidem creverit adiudicabit eum lepræ

22. y si la inflamación continúa extendiéndose por la piel, deberá declararlo impuro: es una verdadera afección.

23. sin autem steterit in loco suo ulceris est cicatrix et homo mundus erit

23. En cambio, si la mancha permanece estacionaria y no se extiende, es la cicatriz de la inflamación, y por lo tanto, el sacerdote deberá declarar pura a la persona afectada.

24. caro et cutis quam ignis exuserit et sanata albam sive rufam habuerit cicatricem

24. Si una persona se quema con fuego y se forma sobre la quemadura una mancha lustrosa de color rojizo pálido o blancuzco,

25. considerabit eam sacerdos et ecce versa est in alborem et locus ejus reliqua cute humilior contaminabit eum quia plaga lepræ in cicatrice orta est

25. el sacerdote la examinará. Si en la mancha lustrosa el vello se ha puesto blanco y la parte afectada aparece más hundida que el resto de la piel, se trata de lepra que ha proliferado en la quemadura. El sacerdote deberá declarar impuro al enfermo, porque es lepra.

26. quod si pilorum color non fuerit inmutatus nec humilior plaga carne reliqua et ipsa lepræ species fuerit subobscura recludet eum septem diebus

26. Pero si el sacerdote comprueba que no hay emblanquecimiento del vello ni hundimiento de la epidermis, y que la mancha ha ido cediendo, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.

27. et die septimo contemplabitur si creverit in cute lepra contaminabit eum

27. Al séptimo día lo examinará, y si la afección se ha extendido por la piel, el sacerdote deberá declararlo impuro: es un caso de lepra.

28. sin autem in loco suo candor steterit non satis clarus plaga conbustionis est et idcirco mundabitur quia cicatrix est conbusturæ

28. Pero si la mancha permanece estacionaria, sin extenderse por la piel, y pierde intensidad, es simplemente efecto de la quemadura. El sacerdote tendrá que declararlo puro, porque no es más que la cicatriz de la quemadura.

29. vir sive mulier in cujus capite vel barba germinarit lepra videbit eos sacerdos

29. Si un hombre o una mujer tienen una afección en la cabeza o en el mentón,

30. et siquidem humilior fuerit locus carne reliqua et capillus flavus solitoque subtilior contaminabit eos quia lepra capitis ac barbæ est

30. el sacerdote examinará la parte afectada. Si esta aparece más hundida que el resto de la piel, y en ella el pelo se ha vuelto amarillento y débil, el sacerdote tendrá que declarar impuro al enfermo: es tiña, o sea, lepra de la cabeza y del mentón.

31. sin autem viderit et locum maculæ æqualem vicinæ carni et capillum nigrum recludet eos septem diebus

31. Pero si el sacerdote comprueba que la zona afectada de tiña no aparece más hundida que el resto de la piel, y que en ella no hay pelo negro, mantendrá aislado al enfermo durante siete días.

32. et die septimo intuebitur si non creverit macula et capillus sui coloris est et locus plagæ carni reliquæ æqualis

32. Al séptimo día examinará la afección, y si la tiña no se ha propagado ni hay pelo amarillento, y la zona afectada no aparece más hundida que el resto de la piel,

33. radetur homo absque loco maculæ et includetur septem diebus aliis

33. el enfermo se afeitará, excluida la parte afectada, y el sacerdote lo mantendrá aislado siete días más.

34. si die septimo visa fuerit stetisse plaga in loco suo nec humilior carne reliqua mundabit eum lotisque vestibus mundus erit

34. Al séptimo día lo someterá a un nuevo examen, y si la tiña no se ha extendido por la piel y la zona afectada no aparece más hundida, el sacerdote tendrá que declararlo puro. El enfermo lavará su ropa y será puro.

35. sin autem post emundationem rursus creverit macula in cute

35. Si después de haber sido declarado puro, la tiña se propaga por la piel,

36. non quæret amplius utrum capillus in flavum colorem sit commutatus quia aperte inmundus est

36. el sacerdote lo examinará, y si la tiña se ha extendido, no necesitará verificar si hay pelo amarillento: el enfermo es impuro.

37. porro si steterit macula et capilli nigri fuerint noverit hominem esse sanatum et confidenter eum pronuntiet mundum

37. En cambio, si advierte que la tiña permanece estacionaria y que en la zona afectada ha crecido pelo negro, la tiña está curada. La persona es pura, y el sacerdote deberá declararla como tal.

38. vir et mulier in cujus cute candor apparuerit

38. Si un hombre o una mujer tienen en la piel manchas lustrosas de color blanco,

39. intuebitur eos sacerdos si deprehenderit subobscurum alborem lucere in cute sciat non esse lepram sed maculam coloris candidi et hominem mundum

39. y el sacerdote ve que las manchas son de un blanco tenue, se trata de una eczema que ha brotado en la piel: esa persona es pura.

40. vir de cujus capite capilli fluunt calvus ac mundus est

40. Si a un hombre se le cae el cabello y queda calvo, es puro.

41. et si a fronte ceciderint pili recalvaster et mundus est

41. Si pierde el cabello en la parte delantera de la cabeza y se vuelve calvo sobre la frente, también es puro.

42. sin autem in calvitio sive in recalvatione albus vel rufus color fuerit exortus

42. Pero si en la parte calva, ya sea sobre la frente o en la parte posterior de la cabeza, aparece una afección de color rojizo pálido, es lepra que ha proliferado en la parte calva.

43. et hoc sacerdos viderit condemnabit eum haut dubiæ lepræ quæ orta est in calvitio

43. El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la zona afectada es de un color rojizo pálido y tiene el mismo aspecto que la lepra de la piel del cuerpo,

44. quicumque ergo maculatus fuerit lepra et separatus ad arbitrium sacerdotis

44. se trata de un leproso. Esa persona es impura, y el sacerdote deberá declararla como tal: tiene lepra en la cabeza.

45. habebit vestimenta dissuta caput nudum os veste contectum contaminatum ac sordidum se clamabit

45. La persona afectada de lepra llevará la ropa desgarrada y los cabellos sueltos; se cubrirá hasta la boca e irá gritando: "¡Impuro, impuro!".

46. omni tempore quo leprosus est et inmundus solus habitabit extra castra

46. Será impuro mientras dure su afección. Por ser impuro, vivirá apartado y su morada estará fuera del campamento.

47. vestis lanea sive linea quæ lepram habuerit

47. Cuando aparezca una mancha de lepra en una prenda de lana o de lino

48. in stamine atque subtemine aut certe pellis vel quicquid ex pelle confectum est

48. -en la trama o en la urdimbre de la lana o del lino- o en un cuero, o en algo fabricado con cuero,

49. si alba aut rufa macula fuerit infecta lepra reputabitur ostendeturque sacerdoti

49. si la mancha es amarillenta o rojiza, se trata de una mancha de lepra y por lo tanto deberá ser mostrada al sacerdote.

50. qui consideratam recludet septem diebus

50. Este la examinará y mantendrá aislado durante siete días el objeto afectado.

51. et die septimo rursus aspiciens si crevisse deprehenderit lepra perseverans est pollutum judicabit vestimentum et omne in quo fuerit inventa

51. Al séptimo día volverá a examinar la mancha, y si se ha extendido por la prenda de vestir -en la trama o la urdimbre- o por el cuero -cualquiera sea el uso para el que se lo destina- es lepra maligna: ese objeto es impuro

52. et idcirco conburetur flammis

52. y será quemado. Como se trata de lepra maligna, deberá ser consumido por el fuego.

53. quod si eam viderit non crevisse

53. Pero si el sacerdote comprueba que la mancha no se ha extendido,

54. præcipiet et lavabunt id in quo lepra est recludetque illud septem diebus aliis

54. ordenará que laven el objeto donde está la misma y lo mantendrá aislado siete días más.

55. et cum viderit faciem quidem pristinam non reversam nec tamen crevisse lepram inmundum judicabit et igne conburet eo quod infusa sit in superficie vestimenti vel per totum lepra

55. El sacerdote examinará la mancha después de haber sido lavada: si esta no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido, el objeto es impuro y deberás quemarlo: es una corrosión, sea en la parte interior o en la parte exterior.

56. sin autem obscurior fuerit locus lepræ postquam vestis est lota abrumpet eum et a solido dividet

56. Pero si el sacerdote comprueba que la mancha, una vez lavada, ha disminuido, la arrancará de la ropa o del cuero, de la trama o de la urdimbre.

57. quod si ultra apparuerit in his locis quæ prius inmaculata erant lepra volatilis et vaga debet igne conburi

57. Y si vuelve a aparecer, es un brote contagioso: el objeto deberá ser consumido por el fuego.

58. si cessaverit lavabit ea quæ pura sunt secundo et munda erunt

58. Pero si la mancha desaparece de la ropa -de la trama o de la urdimbre- o del objeto de cuero que ha sido lavado, se lo volverá a lavar, y entonces será puro.

59. ista est lex lepræ vestimenti lanei et linei staminis atque subteminis omnisque supellectilis pelliciæ quomodo mundari debeat vel contaminari

59. Estas son las instrucciones relativas a la lepra de la ropa de lana o de lino -en la urdimbre o la trama- o de cualquier objeto de cuero, para declararlos puros o impuros.



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