Mosaico decorativo

1. El Señor dijo a Moisés en los Llanos de Moab, junto al Jordán:

1. Habló Yahveh a Moisés en las Estepas de Moab, cerca del Jordán, a la altura de Jericó, y le dijo:

2. "Ordena a los israelitas que de las posesiones de su propiedad cedan a los levitas ciudades en las que puedan habitar y pastos en sus contornos.

2. «Manda a los israelitas que cedan a los levitas, de la herencia que les pertenece, ciudades en las que puedan habitar y pastos de alrededor de las ciudades. Se las daréis a los levitas.

3. Tendrán así ciudades para habitar y pastos para sus animales, ganados y toda clase de bestias.

3. Esas ciudades serán su morada, y sus pastos serán para sus bestias, su ganado y todos sus animales.

4. Los pastos que daréis a los levitas en torno a las ciudades se extenderán quinientos metros a la redonda, a partir de las murallas.

4. Los pastos de las ciudades que cedáis a los levitas comprenderán mil codos alrededor de la ciudad, a contar desde las murallas.

5. Mediréis fuera de la ciudad mil metros al este, mil al sur, mil al oeste y mil al norte, quedando en medio la ciudad. Ésta será la superficie de pastos en torno a las ciudades.

5. Mediréis, fuera de la ciudad, 2000 codos a oriente, 2000 codos a mediodía, 2000 codos a occidente y 2000 codos al norte, teniendo la ciudad como centro. Estos serán los pastos de las ciudades.

6. Las ciudades que deis a los levitas serán seis ciudades de refugio, cedidas por vosotros para que en ellas encuentre asilo el homicida, y otras cuarenta y dos ciudades más,

6. Las ciudades que daréis a los levitas serán las seis de asilo, que cederéis para que se pueda refugiar en ellas el homicida, y además les daréis otras 42 ciudades.

7. es decir, cuarenta y ocho ciudades con sus respectivos términos.

7. El total de ciudades que daréis a los levitas será 48 ciudades, todas ellas con sus pastos.

8. Estas ciudades se tomarán de la heredad de los israelitas, en mayor número del que más tenga y en menor del que tenga menos; la cesión de ciudades a los levitas será proporcional a la herencia que cada uno haya recibido".

8. Estas ciudades que cederéis de la propiedad de los israelitas, las tomaréis en mayor número del grande y en menor del pequeño; cada uno cederá ciudades a los levitas en proporción a la herencia que le haya tocado.»

9. El Señor dijo a Moisés:

9. Habló Yahveh a Moisés y le dijo:

10. "Di a los israelitas: Cuando hayáis pasado el Jordán hacia la tierra de Canaán

10. «Habla a los israelitas y diles: Cuando paséis el Jordán hacia la tierra de Canaán,

11. encontraréis ciudades que serán para vosotros ciudades de refugio, donde hallará asilo el homicida que haya matado a alguno involuntariamente.

11. encontraréis ciudades de las que haréis ciudades de asilo: en ellas se refugiará el homicida, el que ha herido a un hombre por inadvertencia.

12. Estas ciudades os servirán de asilo contra el vengador de sangre, para que no sea matado el homicida antes de comparecer en juicio ante la comunidad.

12. Esas ciudades os servirán de asilo contra el vengador; no debe morir el homicida hasta que comparezca ante la comunidad para ser juzgado.

13. Serán seis estas ciudades de refugio.

13. De las ciudades que les cedáis, seis ciudades serán de asilo:

14. Tres al oriente del Jordán y tres en Canaán.

14. tres ciudades les cederéis al otro lado del Jordán y tres ciudades en el país de Canaán; serán ciudades de asilo.

15. Estas seis ciudades servirán de refugio para los israelitas y para los extranjeros residentes o de paso; en ellas se podrá refugiar el que haya matado a alguno involuntariamente.

15. Las seis ciudades serán de asilo tanto para los israelitas como para el forastero y para el huésped que viven en medio de vosotros, para que se pueda refugiar en ellas todo aquel que haya matado a un hombre por inadvertencia.

16. Pero si lo ha herido con un objeto de hierro y se sigue la muerte, es homicida, y el homicida debe morir.

16. Pero si le ha herido con un instrumento de hierro, y muere, es un homicida. El homicida debe morir.

17. Si lo hirió con una piedra capaz de causar la muerte, y la muerte se sigue, es homicida, y el homicida será castigado con la muerte.

17. Si le hiere con una piedra como para causar la muerte con ella, y muere, es homicida. El homicida debe morir.

18. Si lo hirió con un palo capaz de producirle la muerte, y la muerte se sigue, es un homicida, y el homicida será castigado con la muerte.

18. Si le hiere con un instrumento de madera como para matarle, y muere, es un homicida. El homicida debe morir.

19. Es el vengador de sangre quien matará al homicida; cuando lo encuentre lo matará.

19. El mismo vengador de la sangre dará muerte al homicida: en cuanto le encuentre, lo matará.

20. Si lo derribó por odio o arrojó alguna cosa contra él intencionadamente, y se sigue la muerte;

20. Si el homicida lo ha matado por odio, o le ha lanzado algo con intención, y muere,

21. o si por enemistad lo golpea a puñetazos y se sigue la muerte, el culpable debe morir. Es un homicida, y el vengador de sangre lo matará cuando lo encuentre.

21. o si por enemistad le ha golpeado con las manos, y muere, el que le ha herido tiene que morir: es un homicida. El vengador de la sangre dará muerte al homicida en cuanto le encuentre.

22. Pero si lo derriba sin querer, sin odio, o arroja contra él alguna cosa sin querer;

22. Pero si lo derribó de casualidad y sin enemistad, o le lanzó cualquier objeto sin ninguna mala intención,

23. si le tira una piedra capaz de producirle la muerte, sin verlo, y la muerte se sigue, sin que fuera su enemigo ni quisiera hacerle daño alguno,

23. o le tiró, sin verle, una piedra capaz de matarle, y le causó la muerte, sin que fuera su enemigo ni buscara su daño,

24. juzgará la comunidad, según estas reglas, entre el que ha herido y el vengador de sangre,

24. la comunidad juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre según estas normas,

25. salvando al homicida de las manos del vengador de sangre; lo volverá a la ciudad de refugio donde había huido, y allí se quedará hasta la muerte del sumo sacerdote ungido con el óleo santo.

25. y salvará la comunidad al homicida de la mano del vengador de la sangre. Le hará volver la comunidad a la ciudad de asilo en la que se refugió y en ella vivirá hasta que muera el Sumo Sacerdote ungido con el óleo santo.

26. Si el homicida sale del territorio de la ciudad de asilo donde está refugiado

26. Pero si sale el homicida de los límites de la ciudad de asilo en que se ha refugiado,

27. y el vengador de sangre lo encuentra fuera del territorio de su ciudad de refugio, podrá matarlo sin ninguna responsabilidad,

27. y le encuentra el vengador de la sangre fuera del término de su ciudad de asilo, el vengador de la sangre podrá matar al homicida, sin ser responsable de su sangre,

28. porque el homicida debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Solamente después de la muerte del sumo sacerdote podrá volver a la tierra donde tiene su heredad.

28. porque aquél debía permanecer en la ciudad de asilo hasta la muerte del Sumo Sacerdote. Cuando muera el Sumo Sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra de su propiedad.

29. Estas disposiciones serán norma de justicia para vosotros y para vuestros descendientes, dondequiera que viváis.

29. Esto será norma de derecho para vosotros y para vuestros descendientes, dondequiera que habitéis.

30. En casos de homicidio se condenará a muerte al homicida después que hayan declarado los testigos; pero el testimonio de un solo testigo no basta para condenar a muerte a una persona.

30. En cualquier caso de homicidio, se matará al homicida según la declaración de los testigos; pero un solo testigo no bastará para condenar a muerte a un hombre.

31. No aceptaréis rescate por la vida de un homicida reo de muerte: debe morir.

31. No aceptaréis rescate por la vida de un homicida reo de muerte, pues debe morir.

32. Tampoco aceptaréis rescate para dejar salir al refugiado de su ciudad de refugio y que habite en su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.

32. Tampoco aceptaréis rescate por el que se ha refugiado en la ciudad de asilo y quiere volver a habitar en su tierra antes que muera el Sumo Sacerdote.

33. No profanaréis la tierra que habitáis, porque la sangre profana la tierra, y la tierra no puede ser purificada de la sangre vertida sobre ella, sino con la sangre del que la ha vertido.

33. No profanaréis la tierra en que estáis, porque aquella sangre profana la tierra, y la tierra no queda expiada de la sangre derramada más que con la sangre del que la derramó.

34. No profanéis la tierra que habitáis, en medio de la cual habito yo también, pues yo soy el Señor, que habito en medio de los israelitas".

34. No harás impura la tierra en que habitáis, porque yo habito en medio de ella, pues yo, Yahveh, tengo mi morada entre los israelitas.



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