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Si un fuego se propaga y alcanza los matorrales, y así se destruye la cosecha ya amontonada o la que aún no había sido segada o el campo, el causante del incendio deberá indemnizar. (Exodo 22, 5)
Si un hombre entrega a otro en depósito dinero o algún objeto, y alguien los roba de la casa de este último, el ladrón, si es descubierto, restituirá el doble. (Exodo 22, 6)
Si no se logra descubrir al ladrón, el dueño de la casa se presentará ante Dios para atestiguar que no ha puesto su mano sobre los bienes del otro. (Exodo 22, 7)
Si el animal ha sido despedazado por una fiera, traerá como testimonio los despojos y no tendrá que indemnizar por él. (Exodo 22, 12)
Si alguien pide prestado un animal, y este sufre una fractura o muere en ausencia de su dueño, el que lo recibió en préstamo deberá indemnizar. (Exodo 22, 13)
Si su dueño estaba presente, no estará obligado a hacerlo. Si lo había alquilado, le pagará el precio del alquiler. (Exodo 22, 14)
No maltratarás al extranjero ni lo oprimirás, porque ustedes fueron extranjeros en Egipto. (Exodo 22, 20)
Si les haces daño y ellos me piden auxilio, yo escucharé su clamor. (Exodo 22, 22)
Entonces arderá mi ira, y yo los mataré a ustedes con la espada; sus mujeres quedarán viudas, y sus hijos, huérfanos. (Exodo 22, 23)
Si prestas dinero a un miembro de mi pueblo, al pobre que vive a tu lado, no te comportarás con él como un usurero, no le exigirás interés. (Exodo 22, 24)
Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, devuélveselo antes que se ponga el sol, (Exodo 22, 25)
porque ese es su único abrigo y el vestido de su cuerpo. De lo contrario, ¿con qué dormirá? Y si él me invoca, yo lo escucharé, porque soy compasivo. (Exodo 22, 26)