Mosaico decorativo

1. Habló Yahveh a Moisés en las Estepas de Moab, cerca del Jordán, a la altura de Jericó, y le dijo:

1. El Señor dijo a Moisés en los Llanos de Moab, junto al Jordán:

2. «Manda a los israelitas que cedan a los levitas, de la herencia que les pertenece, ciudades en las que puedan habitar y pastos de alrededor de las ciudades. Se las daréis a los levitas.

2. "Ordena a los israelitas que de las posesiones de su propiedad cedan a los levitas ciudades en las que puedan habitar y pastos en sus contornos.

3. Esas ciudades serán su morada, y sus pastos serán para sus bestias, su ganado y todos sus animales.

3. Tendrán así ciudades para habitar y pastos para sus animales, ganados y toda clase de bestias.

4. Los pastos de las ciudades que cedáis a los levitas comprenderán mil codos alrededor de la ciudad, a contar desde las murallas.

4. Los pastos que daréis a los levitas en torno a las ciudades se extenderán quinientos metros a la redonda, a partir de las murallas.

5. Mediréis, fuera de la ciudad, 2000 codos a oriente, 2000 codos a mediodía, 2000 codos a occidente y 2000 codos al norte, teniendo la ciudad como centro. Estos serán los pastos de las ciudades.

5. Mediréis fuera de la ciudad mil metros al este, mil al sur, mil al oeste y mil al norte, quedando en medio la ciudad. Ésta será la superficie de pastos en torno a las ciudades.

6. Las ciudades que daréis a los levitas serán las seis de asilo, que cederéis para que se pueda refugiar en ellas el homicida, y además les daréis otras 42 ciudades.

6. Las ciudades que deis a los levitas serán seis ciudades de refugio, cedidas por vosotros para que en ellas encuentre asilo el homicida, y otras cuarenta y dos ciudades más,

7. El total de ciudades que daréis a los levitas será 48 ciudades, todas ellas con sus pastos.

7. es decir, cuarenta y ocho ciudades con sus respectivos términos.

8. Estas ciudades que cederéis de la propiedad de los israelitas, las tomaréis en mayor número del grande y en menor del pequeño; cada uno cederá ciudades a los levitas en proporción a la herencia que le haya tocado.»

8. Estas ciudades se tomarán de la heredad de los israelitas, en mayor número del que más tenga y en menor del que tenga menos; la cesión de ciudades a los levitas será proporcional a la herencia que cada uno haya recibido".

9. Habló Yahveh a Moisés y le dijo:

9. El Señor dijo a Moisés:

10. «Habla a los israelitas y diles: Cuando paséis el Jordán hacia la tierra de Canaán,

10. "Di a los israelitas: Cuando hayáis pasado el Jordán hacia la tierra de Canaán

11. encontraréis ciudades de las que haréis ciudades de asilo: en ellas se refugiará el homicida, el que ha herido a un hombre por inadvertencia.

11. encontraréis ciudades que serán para vosotros ciudades de refugio, donde hallará asilo el homicida que haya matado a alguno involuntariamente.

12. Esas ciudades os servirán de asilo contra el vengador; no debe morir el homicida hasta que comparezca ante la comunidad para ser juzgado.

12. Estas ciudades os servirán de asilo contra el vengador de sangre, para que no sea matado el homicida antes de comparecer en juicio ante la comunidad.

13. De las ciudades que les cedáis, seis ciudades serán de asilo:

13. Serán seis estas ciudades de refugio.

14. tres ciudades les cederéis al otro lado del Jordán y tres ciudades en el país de Canaán; serán ciudades de asilo.

14. Tres al oriente del Jordán y tres en Canaán.

15. Las seis ciudades serán de asilo tanto para los israelitas como para el forastero y para el huésped que viven en medio de vosotros, para que se pueda refugiar en ellas todo aquel que haya matado a un hombre por inadvertencia.

15. Estas seis ciudades servirán de refugio para los israelitas y para los extranjeros residentes o de paso; en ellas se podrá refugiar el que haya matado a alguno involuntariamente.

16. Pero si le ha herido con un instrumento de hierro, y muere, es un homicida. El homicida debe morir.

16. Pero si lo ha herido con un objeto de hierro y se sigue la muerte, es homicida, y el homicida debe morir.

17. Si le hiere con una piedra como para causar la muerte con ella, y muere, es homicida. El homicida debe morir.

17. Si lo hirió con una piedra capaz de causar la muerte, y la muerte se sigue, es homicida, y el homicida será castigado con la muerte.

18. Si le hiere con un instrumento de madera como para matarle, y muere, es un homicida. El homicida debe morir.

18. Si lo hirió con un palo capaz de producirle la muerte, y la muerte se sigue, es un homicida, y el homicida será castigado con la muerte.

19. El mismo vengador de la sangre dará muerte al homicida: en cuanto le encuentre, lo matará.

19. Es el vengador de sangre quien matará al homicida; cuando lo encuentre lo matará.

20. Si el homicida lo ha matado por odio, o le ha lanzado algo con intención, y muere,

20. Si lo derribó por odio o arrojó alguna cosa contra él intencionadamente, y se sigue la muerte;

21. o si por enemistad le ha golpeado con las manos, y muere, el que le ha herido tiene que morir: es un homicida. El vengador de la sangre dará muerte al homicida en cuanto le encuentre.

21. o si por enemistad lo golpea a puñetazos y se sigue la muerte, el culpable debe morir. Es un homicida, y el vengador de sangre lo matará cuando lo encuentre.

22. Pero si lo derribó de casualidad y sin enemistad, o le lanzó cualquier objeto sin ninguna mala intención,

22. Pero si lo derriba sin querer, sin odio, o arroja contra él alguna cosa sin querer;

23. o le tiró, sin verle, una piedra capaz de matarle, y le causó la muerte, sin que fuera su enemigo ni buscara su daño,

23. si le tira una piedra capaz de producirle la muerte, sin verlo, y la muerte se sigue, sin que fuera su enemigo ni quisiera hacerle daño alguno,

24. la comunidad juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre según estas normas,

24. juzgará la comunidad, según estas reglas, entre el que ha herido y el vengador de sangre,

25. y salvará la comunidad al homicida de la mano del vengador de la sangre. Le hará volver la comunidad a la ciudad de asilo en la que se refugió y en ella vivirá hasta que muera el Sumo Sacerdote ungido con el óleo santo.

25. salvando al homicida de las manos del vengador de sangre; lo volverá a la ciudad de refugio donde había huido, y allí se quedará hasta la muerte del sumo sacerdote ungido con el óleo santo.

26. Pero si sale el homicida de los límites de la ciudad de asilo en que se ha refugiado,

26. Si el homicida sale del territorio de la ciudad de asilo donde está refugiado

27. y le encuentra el vengador de la sangre fuera del término de su ciudad de asilo, el vengador de la sangre podrá matar al homicida, sin ser responsable de su sangre,

27. y el vengador de sangre lo encuentra fuera del territorio de su ciudad de refugio, podrá matarlo sin ninguna responsabilidad,

28. porque aquél debía permanecer en la ciudad de asilo hasta la muerte del Sumo Sacerdote. Cuando muera el Sumo Sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra de su propiedad.

28. porque el homicida debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Solamente después de la muerte del sumo sacerdote podrá volver a la tierra donde tiene su heredad.

29. Esto será norma de derecho para vosotros y para vuestros descendientes, dondequiera que habitéis.

29. Estas disposiciones serán norma de justicia para vosotros y para vuestros descendientes, dondequiera que viváis.

30. En cualquier caso de homicidio, se matará al homicida según la declaración de los testigos; pero un solo testigo no bastará para condenar a muerte a un hombre.

30. En casos de homicidio se condenará a muerte al homicida después que hayan declarado los testigos; pero el testimonio de un solo testigo no basta para condenar a muerte a una persona.

31. No aceptaréis rescate por la vida de un homicida reo de muerte, pues debe morir.

31. No aceptaréis rescate por la vida de un homicida reo de muerte: debe morir.

32. Tampoco aceptaréis rescate por el que se ha refugiado en la ciudad de asilo y quiere volver a habitar en su tierra antes que muera el Sumo Sacerdote.

32. Tampoco aceptaréis rescate para dejar salir al refugiado de su ciudad de refugio y que habite en su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote.

33. No profanaréis la tierra en que estáis, porque aquella sangre profana la tierra, y la tierra no queda expiada de la sangre derramada más que con la sangre del que la derramó.

33. No profanaréis la tierra que habitáis, porque la sangre profana la tierra, y la tierra no puede ser purificada de la sangre vertida sobre ella, sino con la sangre del que la ha vertido.

34. No harás impura la tierra en que habitáis, porque yo habito en medio de ella, pues yo, Yahveh, tengo mi morada entre los israelitas.

34. No profanéis la tierra que habitáis, en medio de la cual habito yo también, pues yo soy el Señor, que habito en medio de los israelitas".



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