1. Si el ladrón, sorprendido al perforar la pared, es herido mortalmente, no habrá venganza de sangre.

2. Mas si esto sucede salido ya el sol, su sangre será vengada. - Debe restituir; si no tiene con qué, será vendido para restituir por su robo.

3. Si lo robado, sea buey, asno u oveja, fuere hallado vivo en su poder, restituirá el doble.

4. Si un hombre causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto su ganado de modo que pazca en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su propio campo y lo mejor de su propia viña.

5. Si se declara un fuego, y se incrementa con zarzales de modo que se abrasen las hacinas, la mies, o el campo, el autor del incendio deberá resarcir el daño.

6. Cuando un hombre dé a otro dinero o utensilios en depósito para que se lo guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.

7. Pero si no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante Dios para declarar que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.

8. En todo caso delictivo, ya se trate de buey, asno, oveja, ropa o de cualquier cosa desaparecida, de la que uno diga: «Es esto», la causa de ambos se llevará ante Dios; y aquel a quien Dios declare culpable, restituirá el doble a su prójimo.

9. Si un hombre entrega a otro un asno, buey, oveja, o cualquier otro animal para su custodia, y éstos mueren o sufren daño o son robados sin que nadie lo vea,

10. mediará entre los dos el juramento de Yahveh para atestiguar que el depositario no ha puesto su mano sobre la hacienda de su prójimo; el dueño tomará lo que quede y el otro no tendrá que restituir.

11. Pero si el animal le ha sido robado estando él cerca, restituirá a su dueño.

12. Si el animal ha sido despedazado, que traiga como testimonio los despojos y no tendrá que restituir.

13. Si un hombre pide a otro que le preste un ganado y éste sufre un daño o muere, en ausencia de su dueño, tendrá que restituir.

14. Si estaba presente su dueño, nada se restituirá. Si lo había alquilado, el dueño recibirá el precio del alquiler.

15. Si un hombre seduce a una virgen, no desposada, y se acuesta con ella, le pagará la dote, y la tomará por mujer.

16. Y si el padre de ella no quiere dársela, el seductor pagará el dinero de la dote de las vírgenes.

17. A la hechicera no la dejarás con vida.

18. Todo el que peque con bestia, morirá.

19. El que ofrece sacrificios a otros dioses, será entregado al anatema.

20. No maltratarás al forastero, ni le oprimirás, pues forasteros fuisteis vosotros en el país de Egipto.

21. No vejarás a viuda ni a huérfano.

22. Si le vejas y clama a mí, no dejaré de oír su clamor,

23. se encenderá mi ira y os mataré a espada; vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos.

24. Si prestas dinero a uno de mi pueblo, al pobre que habita contigo, no serás con él un usurero; no le exigiréis interés.

25. Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás al ponerse el sol,

26. porque con él se abriga; es el vestido de su cuerpo. ¿Sobre qué va a dormir, si no? Clamará a mí, y yo le oiré, porque soy compasivo.

27. No blasfemarás contra Dios, ni maldecirás al principal de tu pueblo.

28. No tardarás en ofrecerme de tu abundancia y de tus jugos. Me darás el primogénito de tus hijos.

29. Lo mismo has de hacer con el de tus vacas y ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo me lo darás.

30. Hombres santos seréis para mí. No comáis la carne despedazada por una fiera en el campo; echádsela a los perros.





“Queira o dulcíssimo Jesus conservar-nos na Sua graça e dar-nos a felicidade de sermos admitidos, quando Ele quiser, no eterno convívio…” São Padre Pio de Pietrelcina