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No pueden venderse los campos que rodean sus ciudades, pues son su propiedad para siempre. (Levítico 25, 34)
Si tu hermano se empobrece y vacila su mano en asuntos contigo, lo mantendrás como forastero o huésped, para que pueda vivir junto a ti. (Levítico 25, 35)
No tomarás de él interés ni usura, antes bien teme a tu Dios y deja vivir a tu hermano junto a ti. (Levítico 25, 36)
No le darás por interés tu dinero ni le darás tus víveres a usura. (Levítico 25, 37)
Si se empobrece tu hermano en asuntos contigo y tú lo compras, no le impondrás trabajos de esclavo; (Levítico 25, 39)
Entonces saldrá de tu casa, él y sus hijos con él, volverá a su familia y a la propiedad de sus padres. (Levítico 25, 41)
Los siervos y las siervas que tengas, serán de las naciones que os rodean; de ellos podréis adquirir siervos y siervas. (Levítico 25, 44)
También podréis comprarlos entre los hijos de los huéspedes que residen en medio de vosotros, y de sus familias que viven entre vosotros, es decir, de los nacidos en vuestra tierra. Esos pueden ser vuestra propiedad, (Levítico 25, 45)
y los dejaréis en herencia a vuestros hijos después de vosotros como propiedad perpetua. A éstos los podréis tener como siervos; pero si se trata de vuestros hermanos, los israelitas, tú, como entre hermanos, no le mandarás con tiranía. (Levítico 25, 46)
Si el forastero o huésped que mora contigo adquiere bienes, y, en cambio, tu hermano se empobrece en asuntos con él y se vende al forastero, al que mora contigo, o a algún descendiente de familia de forastero, (Levítico 25, 47)
después de haberse vendido le quedará el derecho al rescate: uno de sus hermanos podrá rescatarlo. (Levítico 25, 48)
Lo rescatará su tío paterno, o el hijo de su tío, o algún otro pariente cercano suyo dentro de su familia, o, si alcanzan sus recursos, él mismo podrá rescatarse. (Levítico 25, 49)