| 1. | Si el ladrón, sorprendido al perforar la pared, es herido mortalmente, no habrá venganza de sangre.
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| 2. | Mas si esto sucede salido ya el sol, su sangre será vengada. - Debe restituir; si no tiene con qué, será vendido para restituir por su robo.
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| 3. | Si lo robado, sea buey, asno u oveja, fuere hallado vivo en su poder, restituirá el doble.
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| 4. | Si un hombre causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto su ganado de modo que pazca en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su propio campo y lo mejor de su propia viña.
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| 5. | Si se declara un fuego, y se incrementa con zarzales de modo que se abrasen las hacinas, la mies, o el campo, el autor del incendio deberá resarcir el daño.
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| 6. | Cuando un hombre dé a otro dinero o utensilios en depósito para que se lo guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.
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| 7. | Pero si no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante Dios para declarar que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.
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| 8. | En todo caso delictivo, ya se trate de buey, asno, oveja, ropa o de cualquier cosa desaparecida, de la que uno diga: «Es esto», la causa de ambos se llevará ante Dios; y aquel a quien Dios declare culpable, restituirá el doble a su prójimo.
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| 9. | Si un hombre entrega a otro un asno, buey, oveja, o cualquier otro animal para su custodia, y éstos mueren o sufren daño o son robados sin que nadie lo vea,
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| 10. | mediará entre los dos el juramento de Yahveh para atestiguar que el depositario no ha puesto su mano sobre la hacienda de su prójimo; el dueño tomará lo que quede y el otro no tendrá que restituir.
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| 11. | Pero si el animal le ha sido robado estando él cerca, restituirá a su dueño.
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| 12. | Si el animal ha sido despedazado, que traiga como testimonio los despojos y no tendrá que restituir.
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| 13. | Si un hombre pide a otro que le preste un ganado y éste sufre un daño o muere, en ausencia de su dueño, tendrá que restituir.
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| 14. | Si estaba presente su dueño, nada se restituirá. Si lo había alquilado, el dueño recibirá el precio del alquiler.
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| 15. | Si un hombre seduce a una virgen, no desposada, y se acuesta con ella, le pagará la dote, y la tomará por mujer.
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| 16. | Y si el padre de ella no quiere dársela, el seductor pagará el dinero de la dote de las vírgenes.
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| 17. | A la hechicera no la dejarás con vida.
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| 18. | Todo el que peque con bestia, morirá.
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| 19. | El que ofrece sacrificios a otros dioses, será entregado al anatema.
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| 20. | No maltratarás al forastero, ni le oprimirás, pues forasteros fuisteis vosotros en el país de Egipto.
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| 21. | No vejarás a viuda ni a huérfano.
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| 22. | Si le vejas y clama a mí, no dejaré de oír su clamor,
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| 23. | se encenderá mi ira y os mataré a espada; vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos.
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| 24. | Si prestas dinero a uno de mi pueblo, al pobre que habita contigo, no serás con él un usurero; no le exigiréis interés.
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| 25. | Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás al ponerse el sol,
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| 26. | porque con él se abriga; es el vestido de su cuerpo. ¿Sobre qué va a dormir, si no? Clamará a mí, y yo le oiré, porque soy compasivo.
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| 27. | No blasfemarás contra Dios, ni maldecirás al principal de tu pueblo.
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| 28. | No tardarás en ofrecerme de tu abundancia y de tus jugos. Me darás el primogénito de tus hijos.
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| 29. | Lo mismo has de hacer con el de tus vacas y ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo me lo darás.
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| 30. | Hombres santos seréis para mí. No comáis la carne despedazada por una fiera en el campo; echádsela a los perros.
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