17. oro puro para los tenedores, los acetres y los jarros; y asimismo lo correspondiente para las copas de oro, según el peso de cada copa y para las copas de plata, según el peso de cada copa; para el altar del incienso, oro acrisolado según el peso.





“Tenhamos sempre horror ao pecado mortal e nunca deixemos de caminhar na estrada da santa eternidade.” São Padre Pio de Pietrelcina