34. Todas las fiestas, los sábados, los novilunios y los días fijados para las solemnidades -con los tres días que preceden y siguen a cada fiesta- serán días de inmunidad y exención para todos los judíos residentes en mi reino:





“Para consolar uma alma na sua dor, mostre-lhe todo o bem que ela ainda pode fazer.” São Padre Pio de Pietrelcina