Gefunden 13 Ergebnisse für: jubileo

  • Así santificarán el quincuagésimo año, y proclamarán una liberación para todos los habitantes del país. Este será para ustedes un jubileo: cada uno recobrará su propiedad y regresará a su familia. (Levítico 25, 10)

  • Este quincuagésimo año será para ustedes un jubileo: no sembrarán ni segarán lo que vuelva a brotar de la última cosecha, ni vendimiarán la viña que haya quedado sin podar; (Levítico 25, 11)

  • porque es un jubileo, será sagrado para ustedes. Sólo podrán comer lo que el campo produzca por sí mismo. (Levítico 25, 12)

  • Al comprar, tendrás en cuenta el número de años transcurridos desde el jubileo; y al vender, tu compatriota tendrá en cuenta el número de los años productivos: (Levítico 25, 15)

  • Si carece de medios suficientes para recuperarla, lo vendido permanecerá en poder del comprador hasta el año del jubileo, pero en el año jubilar quedará libre, y el vendedor regresará a su propiedad. (Levítico 25, 28)

  • Si no ha sido rescatada antes de transcurrido ese año, la casa pasará definitivamente al comprador y a sus descendientes, y no será rescatada en el jubileo. (Levítico 25, 30)

  • Pero las casas de los poblados que no tienen murallas serán consideradas como el campo abierto: podrán ser rescatadas, y en el año del jubileo quedarán libres. (Levítico 25, 31)

  • Y si alguno de los levitas no la rescata, la casa que él vendió -y que es su propiedad- quedará libre en el jubileo, porque las casas de las ciudades de los levitas son de su propiedad entre los israelitas. (Levítico 25, 33)

  • Junto con el que lo ha comprado, calculará el total de años desde el momento en que se vendió hasta el año del jubileo; y el precio de venta dependerá del número de años, computando además el tiempo en que trabajó para él, como si se tratara de un asalariado. (Levítico 25, 50)

  • Si lo consagra en el año mismo del jubileo, se mantendrá esta tasación. (Levítico 27, 17)

  • Pero si consagra su campo después del jubileo, el sacerdote deberá computar el precio en razón de los años que falten para el jubileo, y así se hará el descuento correspondiente. (Levítico 27, 18)

  • deberá computar el importe de su valor hasta el año del jubileo, y la persona pagará ese mismo día la suma en que ha sido tasado, como una ofrenda consagrada al Señor. (Levítico 27, 23)


“A divina bondade não só não rejeita as almas arrependidas, como também vai em busca das almas teimosas”. São Padre Pio de Pietrelcina