34. Todas las fiestas, los sábados, los novilunios y los días fijados para las solemnidades -con los tres días que preceden y siguen a cada fiesta- serán días de inmunidad y exención para todos los judíos residentes en mi reino:





“Mesmo a menor transgressão às leis de Deus será levada em conta.” São Padre Pio de Pietrelcina